Proceso para solicitar la convalidación de la especialidad de psiquiatría infantil
Asesoría jurídicaEl pasado 4 de agosto de 2021 se publicó en el BOE el Real Decreto 689/2021 de 3 de agosto, por el que se establece el título de médico/a especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia y se actualizan diversos aspectos del título de especialista en Psiquiatría.
En el art. 2 del Real Decreto 689/2021 se establece el perfil del médico/a especialista Infantil y Adolescencia y el del especialista en Psiquiatría:
Artículo 2. Perfil de los especialistas.
1. La médica/o especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia es la/el profesional sanitaria/o con competencia para la promoción de la salud mental y la prevención, diagnóstico, pronóstico, tratamiento y rehabilitación de los trastornos mentales, incluidos los trastornos del neurodesarrollo, y del comportamiento que afectan a los niños, a los adolescentes y a sus familias.
2. La médica/o especialista en Psiquiatría es la/el profesional sanitaria/o con competencia para la promoción de la salud mental y la prevención, diagnóstico, pronóstico, tratamiento y rehabilitación de los trastornos mentales y del comportamiento de los adultos.
Recogiéndose en el art. 3 su ámbito de actuación y en el art. 4 los programas de formación, que ahora aumenta su duración a CINCO años, compartiendo las competencias a adquirir durante los dos primeros años.
En el plazo de SEIS meses desde la entrada en vigor del Real Decreto 689/2021 (el 5 de agosto de 2021), se elaborarán los nuevos programas de las especialidades de PSIQUIATRÍA y de PSIQUIATRÍA INFANTIL Y DE LA ADOLESCENCIA.
En la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto también se establece un procedimiento para el “Acceso extraordinario al título de especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia”, que podemos resumir en:
- ACCESO:
- Directo:
- Especialistas en Psiquiatría; que acrediten que con anterioridad al 5 de agosto de 2021 han realizado al menos CUATRO años de los siete anteriores, una prestación de servicios vinculada al perfil de la especialidad definido en el art. 2.1 Real Decreto 689/2021.
- Especialista en Pediatría: que acrediten que con anterioridad al 5 de agosto de 2021 han realizado al menos OCHO años de los diez anteriores, una prestación de servicios vinculada al perfil de la especialidad definido en el art. 2.1 Real Decreto 689/2021 ya citado.
La forma de computar el tiempo se recoge en los apartados 1 y 2 de la Disposición Transitoria Primera, estableciéndose como se debe acreditar los anteriores periodos en el apartado 3.c).
- Trayecto Formativo y prueba práctica: Los especialistas en Psiquiatría que no cumplan los requisitos anteriores a fecha 5 de agosto de 2021 y hayan realizado el Trayecto A en Psiquiatría Infantil y Adolescencia al amparo del programa de la especialidad aprobado por la Orden SCO/2616/2008 de 1 de septiembre tendrán que superar una prueba práctica para acceder a la especialidad (la convocatoria se publicará en la página Web del Ministerio de Sanidad en el plazo de seis meses desde la publicación del nuevo programa formativo de la Especialidad de Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia).
- SOLICITUD:
- MEDIOS ELECTRÓNICOS.
- MODELOS SOLICITUD y ACREDITACIÓN: se encuentran recogidos en los Anexos I y II, pero también se publicarán en la web del Ministerio de Sanidad (a fecha de 10 de agosto de 2021 todavía no están).
- PLAZOS;
- NUEVE meses, para los que hayan finalizado su formación y tengan reconocida la Especialidad de Psiquiatría, contados desde el 5 de agosto de 2021 (entrada en vigor del Real Decreto 689/2021).
- Quien a fecha de 5 de agosto de 2021 NO hayan finalizado la formación de Especialista en Psiquiatría y haya cursado o curse el Trayecto A de Psiquiatría Infantil y Adolescencia según la Orden SCO/2616/2008, dispondrá de CUATRO meses para realizar la solicitud, contados desde la fecha oficial de finalización de la especialidad de la última promoción de psiquiatras formados según la Orden SCO/26/16/2008 que hayan cursado el Trayecto A citado. Por lo que no se puede establecer una fecha en la actualidad para realizar la solicitud.
- DIRIGIDO a: DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN PROFESIONAL DEL MINISTERIO DE SANIDAD.
NOTA: a fecha de 10 de agosto de 2021 en la Sede Electrónica de la página Web del Ministerio de Sanidad relativa a los formularios, no constan los formularios para presentar digitalmente la solicitud y tampoco en la sección de trámites, aunque posteriormente pueda realizarse la solicitud electrónica desde alguno de los anteriores enlaces. A fecha de 10 de agosto de 2021 habría que realizar la solicitud por el Registro Electrónico Común.
Actualización 5-10-2021:
En la web del Ministerio de Sanidad consta actualmente la página Acceso extraordinario al título de especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia. En la misma constan los formularios, indicando que la solicitud y documentos se deben presentar por medios electrónicos en el Registro Electrónico Común, dirigidos a la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, antes del 5 de mayo de 2022 (Disposición Transitoria Primera 1.a, 1.b y 2) y en el plazo de cuatro meses desde la fecha oficial de conclusión de la formación de la última promoción en el caso de la vía de acceso de la Disposición Transitoria Primera 1.c)
Jon Pellejero, asesor jurídico COMGI